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¿Por qué, contra las propias leyes castristas, la dictadura cubana mantiene a José Daniel Ferrer preso y desaparecido? PDF Imprimir E-mail
Escrito por Indicado en la materia   
Sábado, 02 de Noviembre de 2019 11:20

¿Cuáles son las razones legales que justifican el encarcelamiento en paradero desconocido y la incomunicación de José Daniel Ferrer? ¿Hay antecedentes recientes de esta clase de prácticas contra los opositores cubanos por parte del régimen?

José Daniel Ferrer.

"Los tribunales en Cuba son una extensión de los órganos represivos. Su función cierta, aunque no aparezca en ninguna disposición, es justificar cualquier arbitrariedad e ilegalidad de los órganos represivos. Aquí cogen a un ciudadano común cualquiera, lo internan en un centro y está ahí mientras quieran las autoridades, y al cabo de meses lo liberan sin derecho a una reparación, explicación o disculpa. La prisión de Valle Grande, por ejemplo, es un almacén de personas que a veces no saben por qué están ahí, o no les han presentado cargos, y al cabo de un tiempo los sueltan, sin que les presenten cargos o vayan a juicio", detalló.
DIARIO DE CUBA solicitó su opinión sobre el tema a tres juristas independientes cubanos, quienes coincidieron en que este proceder represivo del Gobierno cubano no es exclusivo en el caso del líder de la Unión Patriótica de Cuba (UNPACU) ni mucho menos excepcional. "La situación de Ferrer, al ser más conocido, tiene mayor visibilidad, pero es casi una práctica habitual dentro del sistema jurídico cubano lo que están haciendo con él", precisó el abogado independiente Julio Ferrer Tamayo.

La abogada Laritza Diversent, directora del Centro de Información Legal Cubalex, suscribe esa opinión. Para ella, el caso de Ferrer tiene connotaciones de gravedad mayor, no obstante.

"Hay que temer por su integridad física, porque podríamos estar hablando de que haya sido sometido a alguna forma de tortura o malos tratos", aseguró, al tiempo que subrayó la gravedad del silencio del régimen cubano incluso luego de que el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias de Naciones Unidas demandara del régimen cubano "aclarar de inmediato la suerte y el paradero" de Ferrer.

El Gobierno cubano "es parte de la convención y está obligada a cumplir con todo lo que le indica el comité en la comunicación que le envió. Después de esa orden, y que todavía el Estado no haya dado noticias ni le haya permitido comunicarse con sus familiares, sí habría que temer por su seguridad personal", indicó.

Según ella, definitivamente el régimen sale mal parado ante los organismos globales: "Ahora sí se ve a nivel internacional que el Gobierno cubano somete a las personas a desaparición forzada."

¿Funciona el recurso de Habeas Corpus en Cuba?

Para los tres juristas, un elemento del caso de Ferrer que pone en evidencia la hipocresía del régimen está en el rechazo por parte del Tribunal Provincial de Santiago de Cuba de un recurso de Habeas Corpus en su favor.

"Las desapariciones forzadas se vienen dando desde hace tiempo porque las condiciones en la Ley de Procedimiento Penal cubana están dadas para ello. El Habeas Corpus no es un recurso efectivo contra la desaparición forzada porque la propia ley dice que si hay un auto de la Fiscalía decretando prisión provisional, no opera el Habeas Corpus. Eso deja sin protección a quienes sufren desaparición forzada", explicó Diversent.

"Es común que ellos detengan a las personas y no las registren en los centros penitenciarios, que es una obligación que tiene el Estado en virtud de las reglas mínimas para el tratamiento de reclusos. En el caso de Ferrer están violando el Derecho Internacional. Aunque, según la Ley de Procedimiento Penal cubana, la Policía tiene facultad discrecional para detener a cualquier persona sin que requiera de una orden de un tribunal, lo que favorece la arbitrariedad", admitió la jurista.

Para ella, después de la resolución del Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas de la ONU, "la familia debería buscar otra estrategia para seguir presionando. También la apelación del Habeas Corpus la hace el Tribunal Supremo, ubicado en La Habana, y va a demorar, porque se presenta a través del Tribunal Provincial y La Habana está lejos de Santiago de Cuba".

Julio Ferrer Tamayo explica el valor del Habeas Corpus, incorporado al aparato legal cubano en la nueva Constitución, aprobada en febrero pasado: "El propósito del Habeas Corpus es proteger a la persona, aunque después se tome una decisión judicial con ella. A Nelson Mandela, en el terrible régimen del apartheid, lo escuchó un tribunal, pudo hablar, aunque este último estuviera parcializado, gracias al Habeas Corpus. Ese procedimiento le salvó la vida a muchísimos integrantes del '26 de Julio', evitó que las tropas de Batista los masacraran. Pero ahora es peor. En esa época los jueces al menos pedían que les presentaran a la persona para verlas. Pero ni siquiera de eso tiene posibilidad un cubano hoy."

El rechazo del Habeas Copus a favor del líder de la UNPACU "evidencia su inefectividad como instrumento legal de protección de la libertad individual de los cubanos", apuntó Ferrer Tamayo. "La nueva Constitución la van a mancillar de la misma manera que hicieron con la del 76. En el caso de Ferrer, el recurso del Habeas Corpus debe venir al Tribunal Supremo, pero como no hay transparencia no puede decirse que va a cumplirse ese mecanismo, ni que el Tribunal Provincial de Santiago de Cuba luego va a ejecutar las actuaciones."

Wilfredo Vallín, abogado y presidente de la independiente Asociación Jurídica de Cuba, señaló que "la esencia del problema está en que cuando se hizo la reforma constitucional, la población solicitó la creación de un Tribunal de Garantías Constitucionales, pero al no aprobarse eso las autoridades pueden hacer lo que deseen. Siempre teniendo en cuenta que en Cuba no hay tripartición entre los poderes del Estado, lo cual permite una liberalidad en la aplicación de la ley sin que la persona o los familiares pueda acudir a un organismo que sea competente como para cuestionar eso o solicitar que se ponga a la persona en libertad o se presente mediante un Habeas Corpus ante los tribunales."

Para Vallín, el caso de Ferrer se expresa, en otra magnitud, ante los cubanos a los que el régimen prohibe salir del país, y a los que las autoridades califican eufemísticamente como "regulados". "No pueden salir del país, pero tampoco hay una explicación en torno a eso ni un organismo al cual acudir", apunta Vallín.

"Los ciudadanos estamos en una situación de indefensión cuando tenemos un choque con el Estado. El ministro de Relaciones Exteriores ha dicho públicamente varias veces que en Cuba no hay violaciones de los derechos humanos, y es evidente que aquí hay una contradicción."

DIARIO DE CUBA

 

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