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'A.I.' A CUBA: REVOQUEN LEYES CONTRA LIBRE EXPRESIÓN Y ASOCIACIÓN. Y LIBEREN LOS PRESOS POLÍTICOS PDF Imprimir E-mail
Escrito por Indicado en la materia   
Jueves, 18 de Marzo de 2010 10:25

La organización Amnistía Internacional (AI) pidió hoy a las autoridades cubanas que revoquen las leyes que restringen la libertad de expresión, reunión y asociación, y que liberen a los disidentes detenidos injustamente por las autoridades. En un comunicado divulgado hoy en Londres, la organización humanitaria señala que ha pedido al presidente cubano, Raúl Castro, que permita la observación independiente de la situación de los derechos humanos en Cuba por expertos de la ONU.

La petición se hizo antes del séptimo aniversario de la detención de 75 disidentes cubanos, alrededor del 18 de marzo de 2003, pero de estos arrestados, 53 continúan privados de libertad, añade AI.

Amnistía Internacional destaca el caso de Orlando Zapata Tamayo, arrestado en marzo de 2003, que murió el 22 de febrero de este año después de pasar varias semanas en huelga de hambre como medida de protesta por las condiciones de reclusión.

"Las leyes cubanas imponen límites inaceptables sobre el derecho a la libertad de expresión, asociación y reunión. Cuba necesita desesperadamente reformas políticas y jurídicas para estar en consonancia con las principales normas internacionales de derechos humanos", afirmó Kerrie Howard, directora adjunta del Programa Regional de Amnistía Internacional para América.

"El encarcelamiento prolongado de personas solamente por ejercer sus derechos de manera pacífica no sólo es una tragedia en sí mismo sino también un escollo para otras reformas, como el inicio del diálogo necesario para el levantamiento del embargo unilateral estadounidense contra Cuba", agregó Howard.

Varios artículos de la Constitución y el Código Penal cubanos son tan imprecisos que en la práctica su interpretación actual vulnera libertadas fundamentales, señala la nota. El artículo 91 del Código Penal cubano dispone de penas de 10 a 20 años de prisión o pena de muerte para quien, "en interés de un Estado extranjero, ejecute un hecho con el objeto de que sufra detrimento la independencia del Estado cubano o la integridad de su territorio", puntualiza el informe.

Según el texto, la ley 88 de Protección de la Independencia Nacional y la Economía de Cuba establece penas de entre 7 y 15 años por entregar información a EE.UU. susceptible de ser utilizada para reforzar las medidas anticubanas, como el bloqueo económico de EE.UU.

La legislación -prosigue- prohíbe asimismo acumular, reproducir o difundir "material de carácter subversivo" del Gobierno estadounidense, y propone penas de hasta cinco años de cárcel por colaborar con emisoras de radio o televisión o publicaciones que se considere que favorecen la política de EE.UU.

Las organizaciones no gubernamentales locales tienen enormes dificultades para informar sobre las violaciones de los derechos humanos debido a las restricciones de su derecho a la libertad de expresión, asociación y circulación.

AI puntualiza que ella y otras organizaciones internacionales defensoras de derechos humanos independientes no tienen autorización para visitar la isla.

Última actualización el Jueves, 18 de Marzo de 2010 10:28
 

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