CONATEL veta a RCTV-1 Imprimir
Escrito por Indicado en la materia   
Sábado, 06 de Marzo de 2010 10:53

"La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), dictó la Providencia Administrativa Nº 1.569, mediante la cual declara el desistimiento de la solicitud de inscripción en el Registro de Prestadores de Servicios de Producción Nacional Audiovisual (SPNA) derivada de la notificación a que hace referencia el artículo 7 de la Norma Técnica sobre Servicios de Producción Nacional Audiovisual, por parte de RCTV International Corp".

De esta forma Conatel informó este viernes a través de su página web que se desestimó la solicitud de RCTV Internacional (RCTV-I) para inscribirse y regresar al aire a través de la televisión por suscripción y satélite en territorio venezolano.

Dicha solicitud, presentada por el canal el pasado 22 de febrero, fue considerada por Conatel como "extemporánea".

Explica la nota de la Comisión que se hizo "20 días hábiles siguientes" a la calificación realizada a RCTV-I de Productor Nacional Audiovisual. De acuerdo con los tiempos establecidos, la empresa tenía 15 días hábiles para formularla.

Respecto al proyecto de la nueva señal llamada RCTV Mundo, de acuerdo con el ente regulador, se determinó que la documentación presentada resultó "inexacta e incompleta".

Señalan que no muestra evidencia de que su programación se adapte a las excepciones previstas en el artículo 3 de la Norma Técnica sobre Servicios de Producción Nacional Audiovisual para calificar de nacional o no a la televisora.

Procedimiento cuestionado

RCTV International Corp explicó a través de un comunicado que "los argumentos de Conatel sobre ese desistimiento son absolutamente ilegales".

Indican que para que opere un desistimiento por paralización de un procedimiento es necesario que se notifique previamente al interesado que el procedimiento se encuentra paralizado. "El desistimiento no opera de pleno derecho, sino que requiere que la Administración haga una advertencia". Explican que eso no ocurrió.

Indican además que el procedimiento "comenzó con la solicitud presentada por RCTV International Corp el 22 de febrero de 2010. Antes de esa fecha, no existía solicitud alguna de inscripción del canal RCTV-I como SPNA. De hecho, RCTV International Corp., no había manifestado su deseo de prestar un SPNA a través del canal RCTV-I. Por ende, para el día de hoy (ayer) solo habían transcurrido 9 días hábiles desde la presentación de la solicitud".

Indican además que Conatel "ha debido notificar a RCTV International Corp., que ese procedimiento se encontraba paralizado y solo a partir de allí contar 15 días hábiles para aplicar el desistimiento que alegan".

Sobre RCTV Mundo, explican que "RCTV International Corp., sin que la Ley Orgánica de Telecomunicaciones o los reglamentos aplicables lo exigiesen, presentó íntegramente el detalle de su programación futura a Conatel. Es absolutamente falso que no se haya detallado la naturaleza de su programación. Por ende, Conatel miente absolutamente en este sentido".

Última actualización el Sábado, 06 de Marzo de 2010 10:55