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Los detalles objetivos de los delitos de la presidenta brasileña PDF Imprimir E-mail
Escrito por Indicado en la materia   
Domingo, 15 de Mayo de 2016 02:02

Por Jorge Hernández Fonseca.- 

La “Ley de Responsabilidad Fiscal” no permite a la presidenta tomar préstamos de bancos públicos para rellenar vacíos del presupuesto y se ha demostrado que ella los hizo. La defensa argumenta que no se han tomado tales préstamos, sino que el gobierno tuvo “atrasos” en el pago de “deudas” con los bancos públicos. Pero como esos “atrasos” fueron grandes y corregidos por intereses, entonces se configura como “prestamos”, que son prohibidos. La defensa de la presidenta argumentó que “otros presidentes lo hicieron antes”. La acusación respondió que, delitos anteriores no eximen delitos actuales.


Los detalles objetivos de los delitos de la presidenta brasileña

Jorge Hernández Fonseca

14 de Mayo de 2016

La sociedad latinoamericana --y hasta cierto punto la opinión pública mundial también-- están siendo sometidas a informaciones tendenciosas sobre las causas del proceso de impeachment que apartó a la presidenta brasileña por 6 meses, precisamente para garantizarle amplio derecho de defensa. Independientemente de que tal desinformación procede del partido de Rousseff (reacción engañosa) y de los países del ALBA, revisaré en detalles las acusaciones.

En Brasil existe una denominada “Ley de Responsabilidad Fiscal”, que objetiva limitar el juego financiero con los gastos que, en función de sus responsabilidades, incurren los alcaldes, los gobernadores y el (la) presidente(a) de la Federación brasileña. La violación de esta ley ya les ha costado la cabeza a muchos alcaldes y a algunos gobernadores. Es en base a la violación por Dilma Rousseff de esta ley, que dos renombrados juristas brasileños, Miguel Reale Junior y Janaína Concepción Paschoal, llevaron las acusaciones al Congreso.

Hay que decir que no fue el presidente del Congreso “enemigo de la presidenta”, ni ningún otro político brasileño “acusado de corrupción” (como se ha dicho de forma tendenciosa) el (o los) que formularan las acusaciones contra Rousseff. Fueron dos juristas ampliamente reconocidos por la Nación brasileña. Las acusaciones son dos: Maquillaje ilegal y con fines de engañar la opinión pública respecto al estado de las cuentas públicas, usando recursos prohibidos por la “Ley de Responsabilidad Fiscal”; y Firma de Decretos presidenciales sin autorización previa del Congreso. Ambas acusaciones violan la ley, en un caso y la Constitución en el segundo caso.

La “Ley de Responsabilidad Fiscal” no permite a la presidenta tomar prestamos de bancos públicos para rellenar vacíos del presupuesto y se ha demostrado que ella los hizo. La defensa argumenta que no se han tomado tales préstamos, sino que el gobierno tuvo “atrasos” en el pago de “deudas” con los bancos públicos. Pero como esos “atrasos” fueron grandes y corregidos por intereses, entonces se configura como “prestamos”, que son prohibidos. La defensa de la presidenta argumentó que “otros presidentes lo hicieron antes”. La acusación respondió que, delitos anteriores no eximen delitos actuales. Sobre la firma de decretos sin autorización del Congreso, la defensa afirma que no fueron sobre “dinero nuevo”, sino sobre el “dinero existente”, aunque acepta que fueron firmados decretos sin autorización del Congreso, prohibidos por el artículo 167 nada menos que de la Constitución del país, no de una ley simple.

Se respetaron además todos los tecnicismos reclamados: primero, no se consideraron las violaciones del 2014 hacia atrás y sólo se juzgó el mandato actual, a partir del 2015. No se tuvieron en cuenta aspectos relacionados con la corrupción imperante en el gobierno, que de conjunto hicieron prácticamente quebrar la principal empresa brasileña, la Petrobrás. No se tuvo en cuenta la violación de las leyes durante la elección del segundo mandato de Rousseff, donde su campana del 2014 se ejecutó con el dinero sucio de la corrupción (el jefe de la campaña de Rousseff está preso y su esposa ha denunciado el origen espurio de los fondos que eligieron a Rousseff en su 2º mandato). No se han tenido en cuenta, pero es el contexto del juzgamiento.

Si los engaños fiscales no hubieran sido usados para ocultar la calamidad de las cuentas públicas con vistas a ganar una elección presidencial en 2014, quizá no hubieran tenido repercusión. Además, juicio en el Congreso es siempre juicio político, con implicaciones.

Al castro-chavismo puede no gustarle el accionar de las Instituciones brasileñas, pero ellas acaban de dar al traste con los objetivos de convertir el gigante sudamericano en otra finca privada (como es la Cuba de los hermanos Castro) en este caso de Lula da Silva y Dilma Rousseff.

Artículos de este autor pueden ser encontrados en http://www.cubalibredigital.com

Última actualización el Sábado, 21 de Mayo de 2016 12:24
 

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